La defensa jurídica no se
puede entender cuando la persona que la ejecuta no cuenta con los principios
elementales del derecho y de su aplicación.
Entre el conocedor del derecho
y de sus leyes, no puede la historia eximir el registro como secretarios particulares
de algunos de ellos.
- REYNALDO ALCOTZIN CONDE (1991).
- SATURNINO AGÜERO AGUIRRE (1966-1968).
- JUVENTINO VÍCTOR CASTRO Y
CASTRO (1979-1982).
- JORGE RICARDO GARCÍA
VILLALOBOS GÁLVEZ (1973).
- FRANCISCO JAVIER GAXIOLA
ZENDEJAS (1932-1934).
- JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ
FERNÁNDEZ (1974 Y 1975).
- DAVID JIMÉNEZ GONZÁLEZ
(1967).
- HUMBERTO MOHENO DIEZ (1974-1976).
Entre otros no menos
importantes funcionarios, políticos, académicos, etcétera.
La función del Secretario
Particular como el elemento de prueba del colaborador más cercano y con las características
propias de la actividad: lealtad, secrecía e inteligencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario