Cada
área distingue una de otra, y en esa medida funcionan a la par de una oficina. Ambas
se complementan en la agenda de trabajo. Una y otra asesoran sobre temas de su
competencia. Ambas participan en reuniones de trabajo, para agenda, su vinculación
y seguimiento. La secretaría técnica define los acuerdos llegados, la
secretaría particular los resume para ser atendidos. La secretaría técnica
resume las reuniones y las notifica. La secretaría particular sintetiza la
información y la tarjetea. La secretaría técnica difícilmente ocupa el lugar
del jefe, la secretaría particular lo representa.
La
secretaría técnica y la secretaría particular aunque con funciones diferentes,
ambas están sujetas al desarrollo institucional y están enmarcadas con igual
significado, en tanto que sus titulares tengan esa disposición y margen de
maniobra. Lo idóneo de una SECRETARIA
PARTICULAR y de una SECRETARÍA TÉCNICA, llegado el momento es cumplimentar la
función de una u de otra. Es lograr funcionar de la mejor manera y calculada,
es decir que su titular esté capacitado para ambas funciones.
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