En los asuntos eclesiásticos
existen los auxiliares obispales, el secretario.
Las funciones del
secretario aunque no reconocidas por el derecho canónigo, son fundamentales en
el ejercicio de las funciones y responsabilidades del obispado:
-
Jefe de personal.
-
Fuente de información y asesor
del obispo.
La influencia
del secretario depende mayormente de él y de nivel de confianza que se le
deposita.
Características comunes
que comparten los secretarios puestos en el ámbito administrativo y político.
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